Misiones: se oficializa la reglamentación del pago a cuenta de Ingresos Brutos⁠⁠⁠⁠⁠⁠⁠

EN UN ESCENARIO DE INNUMERABLES CRÍTICAS Y MEDIDAS CAUTELARES INTERPUESTAS CONTRA EL RÉGIMEN DE PAGO A CUENTA DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS SOBRE LA INTRODUCCIÓN DE MERCADERÍA EN LA PROVINCIA DE MISIONES, Y EN UN INTENTO DE “ACERCAMIENTO” HACIA EL CONTRIBUYENTE, RECIENTEMENTE SE HA DADO A CONOCER LA PUBLICACIÓN DEL DECRETO 713/2026, EL CUAL ESTABLECE UNA SUSPENSIÓN TEMPORARIA DEL RÉGIMEN SOBRE CASI EL 95% DE LOS CONTRIBUYENTES AFECTADOS, EN UN INTENTO DE FLEXIBILIZACIÓN DEL RÉGIMEN.

Recordemos que los citados regímenes establecen mecanismos de pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos vinculados al ingreso y egreso de mercaderías en la Provincia, en particular respecto de productos en tránsito y de la cadena yerbatera, respectivamente. Este “adelanto” de tributos, sin considerar saldos a favor ni coeficiente asignado a la provincia, generaba constantes saldos inmovilizados, cuestionado asimismo por generar una suerte de “aduana interna”, cuestión que ha llegado hasta nuestro Máximo Tribunal, pudiendo citar el caso de “Loma Negra” del año 2022, en donde la Corte Suprema ordenó a la provincia de Misiones que se abstenga de obstaculizar el ingreso de mercaderías fabricadas y comercializadas que provengan de otra jurisdicción, por el solo hecho de no haber efectuado el pago a cuenta de los anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, puntualizó.

De alguna forma, la Provincia se hizo eco del tema planteado.
Por su parte, argumenta el Poder Ejecutivo su decisión en el actual contexto macroeconómico, caracterizado por restricciones financieras, caída de la actividad y aumento de los costos operativos, lo que imputa de manera directa en la dinámica productiva y comercial de la Provincia, afectando especialmente a las pequeñas y medianas empresas, lo que lo lleva a aliviar la carga administrativa y operativa que recae sobre los contribuyentes. Por tal motivo, instruye al Ministerio de Hacienda a reglamentar la flexibilización, surgiendo de allí la Resolución 329/2026 publicada el pasado 5 de mayo.

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Así, la Resolución suspende parcialmente, de manera excepcional y temporaria, a partir del 01/07/2026 y hasta el 30/06/2027, la aplicación del régimen de pago a cuenta del Ingresos Brutos vinculado al ingreso y egreso de mercaderías en la Provincia, en particular respecto de productos en tránsito y de la cadena yerbatera.

Tal suspensión, alcanza a los contribuyentes cuyo monto total de anticipos ingresados bajo dicho régimen, durante el ejercicio fiscal inmediato anterior, no supere o sea igual a la suma de $10.000.000. Conforme se ha dado a conocer, esto representa aproximadamente el 95% de los contribuyentes que abonan el mismo.

Se espera que repliquen el esquema otras provincias en donde también existen estos sistemas de anticipo, como el instaurado a nivel general desde el año 2026 en la Provincia de Salta.

Por Claudia Pose, Socia de Impuestos, BDO en Argentina