EL FONDO DE ASISTENCIA LABORAL (FAL), APROBADO POR LA LEY 27.802 Y QUE ENTRARÁ EN VIGENCIA EL PRÓXIMO 1 DE JUNIO, HA SIDO PRESENTADO CON UN FUERTE COMPONENTE POLÍTICO Y DISCURSIVO. SEGÚN LA NORMATIVA, LAS EMPRESAS DEBERÁN APORTAR A FIDEICOMISOS FINANCIEROS O FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN REGULADOS POR LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES (CNV), UN PORCENTAJE EQUIVALENTE AL 1% EN EL CASO DE LAS GRANDES COMPAÑÍAS Y DEL 2,5% PARA LAS PYMES, CALCULADO SOBRE LA REMUNERACIÓN BRUTA DE LOS TRABAJADORES.
El objetivo declarado del FAL es garantizar la disponibilidad de recursos para el pago de indemnizaciones cuando las empresas decidan desvincular empleados. En Argentina, los reclamos laborales han sido históricamente abundantes y, en muchos casos, se convirtieron en una verdadera industria, con fallos judiciales que favorecieron sistemáticamente a los trabajadores y que, en ocasiones, pusieron en jaque la capacidad de pago de las empresas, especialmente las más pequeñas. Sin embargo, el FAL no busca desmantelar esa “industria del juicio”, ya que otros capítulos de la ley se ocupan de ese aspecto.
El fondo ha sido presentado también como un beneficio para los empleados, aunque en realidad su propósito central es la segregación de recursos: las empresas deben transferir las alícuotas establecidas a vehículos financieros independientes, de modo que los trabajadores tengan mayor seguridad de cobrar sus indemnizaciones en el largo plazo. La acumulación de estos fondos reduce o neutraliza el riesgo crediticio que enfrentan los empleados respecto de la solvencia de la empresa al momento de la desvinculación.
Es evidente que las grandes compañías, por su volumen de masa salarial, lograrán acumular fondos más rápidamente que las PyMEs, lo que se traducirá en una mayor cobertura para sus trabajadores, pese a que su alícuota es menor. Por el lado de las inversiones, el gobierno asegura con este esquema un flujo constante hacia los BONCER, bonos ajustados por inflación (IPC) con cupones muy bajos, lo que le permite financiarse a bajo costo. La mayoría de las empresas, optará por instrumentos que protejan el capital en términos reales, buscando que sus balances de activos y pasivos evolucionen al mismo ritmo.
No obstante, este mecanismo dista de ser una solución al problema de fondo que preocupa a los trabajadores: los bajos niveles de las jubilaciones futuras. El FAL neutraliza el riesgo crediticio de las indemnizaciones y asegura financiamiento barato al Estado, pero no aborda el desafío más acuciante para las generaciones activas, que es la construcción de un retiro digno. Hubiera sido deseable que la ley incluyera, o que se impulsara en paralelo, la creación de fondos corporativos de retiro similares a los existentes en Estados Unidos, donde empresas y empleados aportan conjuntamente con beneficios fiscales a vehículos de inversión que contienen activos diversificados globalmente que se acumulan hasta el retiro.
Ese tipo de esquema habría significado un verdadero avance en materia de bienestar financiero, ofreciendo a los trabajadores una seguridad mucho más sólida que la que hoy provee el sistema jubilatorio argentino. La ausencia de esta visión integral deja al FAL como un instrumento útil para reducir riesgos y garantizar indemnizaciones, pero insuficiente para enfrentar el problema estructural del futuro previsional. Una oportunidad perdida para transformar el bienestar financiero en una política de Estado.





