El Grupo Iveco anuncia los resultados de la Junta General Extraordinaria

IVECO GROUP NV (EXM: IVG) (LA “COMPAÑÍA”) ANUNCIA QUE SUS ACCIONISTAS APROBARON TODAS LAS RESOLUCIONES PROPUESTAS POR EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN (EL “CONSEJO”) EN LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA (LA “JGE”) CELEBRADA HOY EN ÁMSTERDAM, PAÍSES BAJOS.

La Junta General Extraordinaria se celebró para debatir y adoptar resoluciones en relación con la oferta pública de adquisición voluntaria (la “Oferta”) – lanzada por TML CV Holdings Pte. Ltd. a través de TML CV Holdings BV (el “Oferente”) – para todas las Acciones Ordinarias emitidas en el capital de la Compañía en los términos y con sujeción a las condiciones establecidas en el Documento de Oferta publicado el 4 de septiembre de 2026 y disponible, entre otros , aquí , según se modificó a efectos del aumento del precio de la Oferta de acuerdo con el anuncio del Oferente realizado el 9 de octubre de 2026 y disponible, entre otros, aquí .

En la Junta General Extraordinaria, sujeta a las condiciones y de acuerdo con los términos descritos en el orden del día y las notas explicativas publicadas con motivo de la Junta General Extraordinaria y disponibles aquí (las “Notas Explicativas”, a las que se invita a los lectores a remitirse para conocer el significado de los términos en mayúscula pero no definidos en este comunicado de prensa), los Accionistas aprobaron:

la modificación de los Estatutos, que entrará en vigor simultáneamente con la Constitución;
la conversión de la Compañía de una sociedad anónima ( naamloze vennootschap ) en una sociedad privada de responsabilidad limitada ( besloten vennootschap met beperkte aansprakelijkheid ), modificando los Estatutos en consecuencia, que se implementará y entrará en vigor en el momento posterior a la Exclusión de Cotización que determine el Oferente ;
la escisión posterior a la oferta, que se implementará a elección del oferente, en la medida en que, entre otras cosas , llegue a poseer al menos el 80% de las acciones ordinarias;
la venta de acciones posterior a la oferta, que se implementará si también se implementa la escisión posterior a la oferta;
la disolución oportuna de la Compañía y el nombramiento de su liquidador, así como del custodio de sus libros y registros, si se lleva a cabo la Escisión y Liquidación Posterior a la Oferta;
el nombramiento de los miembros de la Junta, que entrará en vigor en el momento de la liquidación, con los títulos y por los períodos especificados en las Notas Explicativas, al tiempo que se concede la restitución a los miembros de la Junta que renuncian y que estaban en el cargo inmediatamente antes de la liquidación;
la modificación de los términos y condiciones de las Acciones con Derecho a Voto Especial de la Compañía (que entrarán en vigor a partir del Acuerdo) y la terminación de la estructura de voto por lealtad de la Compañía (después del Acuerdo);
la autorización al Consejo para recomprar Acciones con Derecho a Voto Especial sin contraprestación ( om niet ), que entrará en vigor a partir de la fecha de la Liquidación;
la cancelación de las Acciones con Derecho a Voto Especial y de cualquier Acciones Ordinarias en autocartera.

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La aprobación por la Junta General Extraordinaria de (i) las modificaciones de los Estatutos, (ii) la conversión de la Sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada en caso de Exclusión de Cotización, (iii) el nombramiento de los miembros del Consejo tras la Liquidación, (iv) la modificación de los términos y condiciones de las Acciones con Derecho a Voto Especial de la Sociedad y la terminación de la estructura de voto de lealtad y (v) la cancelación de las Acciones con Derecho a Voto Especial califican como condiciones para la obligación del Oferente de declarar la Oferta incondicional. Como resultado de la aprobación por la Junta General Extraordinaria de la Resolución de Finalidad (según se define en el Documento de Oferta), el nivel mínimo de aceptación de la Oferta se reducirá del 95% al ​​80% de las Acciones Ordinarias. A este respecto, se hace referencia a la Sección A, Párrafos A.2 y A.8 del Documento de Oferta.