EL CENTRO DE DESPACHANTES DE ADUANA (CDA), QUE PRESIDE RUBÉN PÉREZ Y REPRESENTA A MÁS DE 3500 PROFESIONALES DE TODO EL PAÍS, PRESENTÓ, ANTE LAS COMISIONES DE COMERCIO Y DE PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN, UN PROYECTO DE LEY DESTINADO A REVISAR LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR EL DNU 70/2023 AL CÓDIGO ADUANERO, PARTICULARMENTE AQUELLAS VINCULADAS CON EL RÉGIMEN QUE REGULA AL SECTOR.
La iniciativa forma parte de una agenda que la entidad llevó el martes 8 de septiembre al Congreso y que busca preservar la profesionalización, la responsabilidad y la seguridad jurídica en las operaciones de comercio exterior.
El proyecto plantea revisar los cambios establecidos por el decreto y propone derogar sus artículos 100 y 101 para retomar la redacción anterior de los artículos 37 y 41 de la Ley 22.415, Código Aduanero.
Entre sus fundamentos, el CDA advierte sobre los riesgos de permitir la realización de declaraciones aduaneras sin requisitos mínimos de capacitación o acreditación de conocimientos (a partir del DNU 70/2023) y sostiene la necesidad de contar con un adecuado sistema de control y responsabilidad profesional.
En ese marco, la propuesta también contempla restablecer el Registro de Despachantes de Aduana y el régimen sancionatorio correspondiente, considerados por la entidad herramientas necesarias para el correcto funcionamiento del Servicio Aduanero. El objetivo, según el CDA, es compatibilizar los principios de libertad y facilitación del comercio, que desde la misma institución se contemplan, con condiciones que garanticen idoneidad, trazabilidad, control y seguridad jurídica.
La iniciativa fue elaborada por el abogado Héctor Guillermo Vidal Albarracín, en colaboración con los letrados Mariano Dufau y José Bustos, a partir de las propuestas, inquietudes y aportes surgidos de las reuniones mantenidas con los socios del CDA.
Fuerte contradicción normativa
Más allá de los riesgos -de índole de seguridad, salud, económicos- que se corren al permitir que personas sin certificado de idoneidad realicen despachos aduaneros, existe una contradicción manifiesta entre dos normas emitidas por el propio Estado que el nuevo proyecto de ley se propone subsanar.
A saber, El DNU 70/2023 produjo un giro profundo en el sistema aduanero, y en lo concreto determinó que cualquier persona puede realizar despachos aduaneros, sin requerir ninguna capacitación ni certificado de idoneidad, como se les exigía hasta ese momento a los despachantes de aduana.
Pero la Resolución General 5818/26 del ARCA, recorre un camino completamente opuesto: exige un certificado de conocimientos técnicos a los apoderados, figuras accesorias, subordinadas y de actuación limitada. El sistema, por lo tanto, permite que quien declara directamente no tenga formación alguna, mientras que se impone un examen al que actúa por delegación.
La agenda presentada ante los diputados también incluyó el régimen courier. El CDA aclaró que su planteo no cuestiona la existencia de este mecanismo, sino que apunta a revisar su regulación para fortalecer los mecanismos de control, seguridad, trazabilidad y fiscalización. En ese sentido, Pérez señaló la necesidad de identificar y atender algunos riesgos estructurales vinculados con su funcionamiento actual.
De esta manera, el CDA instaló en el ámbito legislativo una discusión sobre el futuro de la actividad y sobre el rol que deben ocupar la formación, la experiencia y la responsabilidad profesional de los Despachantes de Aduana frente a las transformaciones que atraviesa el comercio exterior argentino.
La posición de la entidad quedó sintetizada en una premisa planteada durante la exposición: “Facilitar el comercio no puede significar debilitar los controles que protegen a la sociedad”.
Con la presentación del proyecto de ley y la participación de su presidente en el Congreso, el CDA busca aportar al debate legislativo sobre el marco normativo aduanero y defender un esquema que, a su entender, permita avanzar hacia un comercio exterior más eficiente sin resignar profesionalización, el control y la seguridad jurídica.


