LA MUNICIPALIDAD DE ESCOBAR INTENSIFICA LOS CONTROLES PARA EVITAR LA VENTA DE PIROTECNIA SONORA EN EL MARCO DE LA ORDENANZA MUNICIPAL 5826/20 QUE PROHÍBE SU USO O COMERCIALIZACIÓN EN TODO EL PARTIDO. DICHA PROHIBICIÓN ALCANZA A PIROTECNIA CON EFECTO AUDIBLE O SONORO COMO PETARDOS, FUENTES, FOGUETAS, MORTEROS, MORTEROS CON BOMBA, O CAÑAS VOLADORAS CON PARACAÍDAS.
En todo el municipio está prohibida la fabricación, comercialización, tenencia, uso, manipulación y transporte de elementos de pirotecnia sonora. El objetivo de dicha ordenanza es promover un cambio en la cultura para no afectar a personas neurodivergentes y a animales que sufren grandes trastornos y daños por presentar una hipersensibilidad auditiva.
La comunidad puede denunciar puestos ilegales o situaciones de venta de pirotecnia a través del programa de seguridad Ojos y Oídos en Alerta y/o de manera presencial en el Centro de Atención al Vecino (25 de Mayo 459, Belén de Escobar) de lunes a viernes de 9 a 15 horas.

